Entrevista del abogado/a con su cliente.
Buenas noches lectores, luego de escribir ayer una nota sobre la entrevista del abogado con el testigo, hoy dejo un breve comentario sobre la entrevista que tiene el abogado con el cliente.
En primer lugar hay que tener en cuenta que la persona que concurre a nuestro consultorio para una primera entrevista es un posible cliente. Será nuestro cliente cuando terminado el encuentro concordemos con la persona, cuando determinemos que nosotros vamos a ser su abogado/a y esa persona es nuestro cliente.
Mediante puntuales preguntas que haremos tenemos que distinguir el problema de índole jurídico que tiene la persona. Debemos saber que preguntas tenemos que realizar, el fin es obtener información para realizar una evaluación de lo que la persona procura. Estaremos concentrados en el relato de la persona (escucha activa), con el fin de saber en qué hacer énfasis, como preguntar, que preguntar y cuando preguntarlo. Puede ocurrir que lo que la persona cuenta jurídicamente no es relevante. Es importante fomentar que la persona se encuentre cómoda mientras realizamos la entrevista.
Hay distintos tipos de preguntas de las cuales podemos hacer uso en la evolución de la entrevista. Podemos encontrar:
- preguntas cerradas, las mismas son preguntas simples. Las respuestas generalmente se responderán con si o no (no requieren un extenso desarrollo), estas preguntas sirven para tener cierto control del diálogo. En las respuestas podemos lograr el énfasis en algún punto en concreto, esta preguntas nos ayuda a precisar y especificar.
- preguntas abiertas, estas interrogantes tienen el fin de saber que piensa la persona, le permite a la persona expresar un sentimiento, opinión sobre la situación. Nos sirve para que la persona nos cuente el hecho más detallado.
- preguntas reflexivas, la respuesta generalmente no será de relevancia pero notaremos como piensa la persona ante la situación, mediante estas podemos conocer con mayor profundidad a la persona.
- preguntas directas, la persona ante una precisa posición se pare en un lugar puntual.
- preguntas de opción múltiple, son las preguntas que hacen que la persona tome una decisión, se le plantea más de una situación (habiéndole explicado los contra y pro de cada situación) y la persona debe tomar la decisión.
- preguntas retoricas,este tipo de preguntas hace posicionar a la persona en un lugar determinado.
Después de la primera entrevista, podremos haber identificado y tendremos quizá más determinada la situación (esto no tiene porque suceder en una segunda entrevista, sino que puede ser en las siguientes). Sabremos si hay algo para realizar o no, también capaz tengamos la circunstancia de saber si decidiremos aceptar o rechazar la situación que la persona manifiesta y la persona quizá este en la circunstancia de tomar la decisión de averiguar otra opinión o seguir con nosotros.
Si hay aceptación, el
Código de Ética del C.A.U (Colegio de Abogados del Uruguay) expresa en el art. 3.3.4 que puede aceptarse un caso aunque se
tenga como abogado/a una posición contraria de la situación que plantea la
persona. El Código de Ética del C.A.U manifiesta que defender no es justificar. En el
caso de la aceptación (nosotros como abogado y la persona como cliente),
podemos tener una posición que sea contraria al cliente y esto no tiene porque
interponerse en la decisión como abogado/a de aceptar el caso. Una vez aceptado
el caso debemos disponer los medios para ejecutar el resultado. Debo hacer
alusión a que no hay la obligación del resultado, pero si tenemos la obligación
de medios. Debemos intentar conseguir lo que esa persona necesita aunque sea
algo contrario a nuestra posición.
Si aceptamos el caso hay
que informarle a la persona. Vamos a informarle a la persona sobre la
situación, plantearle las soluciones que hay, las etapas del proceso, los
costos del proceso (ejemplo: costo de timbres, publicaciones, inscripciones,
etc.), monto de honorarios acordando la forma de pago, que pasa si no va a las
audiencias, el trayecto a seguir.
Pueden suceder situaciones puntuales donde es relevante dejar por escrito algunas cosas, como ejemplo podemos describir la situación de asesorar a una persona sobre algo que tiene varias contras (consideramos como su abogado que no es lo mejor) y la persona decide que de igual forma ir por ese trayecto, entonces lo vamos a dejar por escrito. En ese escrito la persona firma, queda registrada la fecha y hora, lo que se le advirtió al cliente.
Saludos, cualquier aporte o comentario constructivo siempre es bienvenido.
Areco.