Mediante autores reconocidos en la doctrina uruguaya se expone el concepto de antijuricidad.
¿Qué es la antijuricidad? Es la contrariedad al derecho.
-Para Peirano Facio: la antijuridicidad consiste en la contrariedad a la ley, al orden público o a las buenas costumbres o la moral.
- Para el autor Gamarra: la antijuridicidad se verifica por la invasión de la esfera jurídica ajena que lesione derechos, intereses o situaciones jurídicamente protegidas.
- Para el profesor de derecho civil (UDELAR) Arturo Caumont y el autor Stipanicic: un comportamiento puede ser considerado ofensor si es contrario al Derecho, por infracción a deberes concretos o genéricos, o por invasión en ámbito ajeno que sea jurídicamente tutelado.
- Para el profesor de derecho civil Javier Miranda: la antijuridicidad se verifica por la lesión a un bien jurídico tutelado por una norma de Derecho positivo.
Bibliografía:
- Peirano Facio, p. 249.
- Gamarra, pp. 187-188.
- Caumont, A., Stipanicic, E., “Un estudio crítico sobre hecho ilícito, invasión en esfera ajena y derecho a la información”, Anuario de Derecho Civil Uruguayo, t. XXIII, p. 503.
- Miranda, Javier. “Antijuridicidad y Derecho de daños”. Revista Crítica de Derecho Privado, Nº 5-2008.
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